lunes, 31 de marzo de 2014

Di No A La Violencia

"La violencia es el refugio de las mentes pequeñas" Proverbio chino

Como identificar y prevenir la violencia en el noviazgo

Este tipo de violencia se presenta en las relaciones amorosas, cuando una de las personas comete abusos mentales, físicos e incluso sexuales contra su pareja, convirtiéndola en su víctima.

Aquí te dejamos 10 señales con las que podrás reconocer si tu pareja tiene tendencia a la agresión o si te encuentras dentro de una relación peligrosa: 

  1. Te pone apodos o te llama de maneras que te desagradan, sobre todo en público. 
  2. Ha intentado chantajearte sentimentalmente, o lo has descubierto mintiendo y engañándote. 
  3. Trata de controlar tus actividades, con quién sales, revisa tu celular e incluso te hace prohibiciones. 
  4. Te cela, insinúa que andas con alguien más, o te compara con sus ex novias. 
  5. Ha destruido alguna posesión tuya (cartas, regalos, celulares). 
  6. Identificas que te “manosea” o hace caricias agresivas. 
  7. Te ha golpeado argumentando que es “de juego”. 
  8. Ha ocurrido violencia física: cachetadas, empujones, patadas hasta puñetazos.
  9.  Amenaza con golpearte, encerrarte, dejarte o incluso con matarte. 
  10. Te obliga a tener relaciones sexuales o incurre en violaciones.


Causas

Las principales causas de violencia en el noviazgo son:
  • El agresor(a) en una relación amorosa pudo haber sido criado en un ambiente de violencia, ya sea dentro de la familia o en el contexto social donde se desenvolvía.
  • Problemas económicos.
  • Trastornos psicológicos
  • En relaciones pasadas el agresor o la agresora, sufrieron violencia y ahora la ejercen en forma de venganza o porque simplemente lo ven como algo normal.

Consecuencias


  • Algunas  consecuencias de la violencia en el noviazgo pueden ser:
  • Lesiones leves o severas que pueden conducir a la muerteProblemas familiares y sociales
  • Daños físicos y psicológicos (traumas, baja autoestima)



¿QUE HACER?

  • Lo mejor es alejarse inmediatamente de esa relación.
  • Buscar ayuda con profesionales especializados en el tema.
  • Al salir con su pareja, avísale a alguien de su casa a donde irán y a qué hora estará de regreso.
  • Si la presencia de la violencia es frecuente, hacer valer los derechos de la víctima, acudiendo a la autoridad competente para levantar un acta en contra del agresor.




Fuente
http://espacios.imjuventud.gob.mx/contenidos.php?idsubcontenido=10
http://www.sinembargo.mx/30-06-2013/659780 

miércoles, 26 de marzo de 2014

Recomendación de Libros

Durante mi carrera leí varios libros, no solo libros de texto donde encontraba conceptos o los temas que tenia que investigar, sino también leí historias, novelas, libros que narraban cosas tan interesantes y tan relacionadas con lo que a mi me interesaba, que espero y tu también tengas la oportunidad de leerlos, muchos de hechos tal vez no hablan de muerte o crimen, pero hablar de la sociedad, de los niños, de psicología y psiquiatría,  son tal vez de ciencia ficción como el conocido detective Sherlock Holmes, pero puedo decirte que esos libros me hacen pensar mas allá de lo que la gente cree que es la criminologia, me hacen ver tantos y tantas cosas que están en el mundo que podemos salvar; aquí te dejo esta serie de libros que yo ya leí, y me encantaron...


El Arte de la Guerra -  Sun Tzu
"La mejor victoria es vencer sin combatir"
Diario de una Esquizofrenica - 
En mi ignorancia creía que la locura era un estado de insensibilidad en el que ya no se goza ni se sufre y en el que se pierde toda responsabilidad. Nunca, jamas, así fuera por un solo instante, me hubiera imaginado lo que representaba ‘perder la razón’, pues precisamente yo luchaba con todas mis fuerzas para no rodar, para no dejarme sumergir por la ‘luz eléctrica’ y no fue sino al cabo del primer año de análisis cuando comprendí el peligro que me amenazaba.
El médico tiene que ajustarse al enfermo
Estudio en Escarlata - Arthur Conan Doyle
Las Aventuras de Sherlock Holmes - Arthur Conan Doyle 
 Métalo en la cárcel y lo convertirá en carne de presidio para el resto de su vida
El hombre que ama el arte por el arte, suele encontrar los placeres mas intensos en sus manifestaciones mas humildes…
… una de las maldiciones de una mente como la mía es que tengo que mirarlo todo desde le punto de vista de mi especialidad. Usted mira esas casas dispersas y se siente impresionado por su belleza. Yo las miro, y el único pensamiento que me viene a la cabeza es lo aisladas que están, y la impunidad con que puede cometerse un crimen en ellas.

Crimen y Castigo - Fiodor Dostoievski
“La caza del hombre es como la caza de la fiera: se corre el peligro de volver con el morral vacío”
 “¿Cómo es posible que la vida de un hombre dependa de mi voluntad?”
¿Le aflige acaso el verse sumergido por mucho tiempo en la oscuridad? Pues de usted depende que esa oscuridad no sea eterna.” 
Dinero Fácil - Jens Lapidus
-Resulta que creo en esto. Tribunales que funcionen, un poder judicial en el que trabajen los mejores juristas garantiza el Estado de derecho.
El Criminologo - José Ramón Garmabella
Perra Brava - Orfa Alarcón

martes, 25 de marzo de 2014

Derechos Humanos

¿Conoces tus derechos?, ¿Sabes que son los derechos humanos?, la mayoría de las personas no tenemos ni idea de que son ni cuales son, por lo que aquí te dejo su significado y los 30 Derechos Humanos que fueron presentados por la Declaración Universal de los Derechos Humanos el 10 de diciembre de 1948.


¿Qué son los derechos humanos? 

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.
Todos estamos obligados a respetar los Derechos Humanos de las demás personas. Sin embargo, según el mandato constitucional, quienes tienen mayor responsabilidad en este sentido son las autoridades gubernamentales, es decir, los hombres y mujeres que ejercen la función de servidores públicos.
La tarea de proteger los Derechos Humanos representa para el Estado la exigencia de proveer y mantener las condiciones necesarias para que, dentro de una situación de justicia, paz y libertad, las personas puedan gozar realmente de todos sus derechos. El bienestar común supone que el poder público debe hacer todo lo necesario para que, de manera paulatina, sean superadas la desigualdad, la pobreza y la discriminación.
La defensa o la protección de los Derechos Humanos tiene la función de:
  • Contribuir al desarrollo integral de la persona.
  • Delimitar, para todas las personas, una esfera de autonomía dentro de la cual puedan actuar libremente, protegidas contra los abusos de autoridades, servidores públicos y de particulares.
  • Establecer límites a las actuaciones de todos los servidores públicos, sin importar su nivel jerárquico o institución gubernamental, sea Federal, Estatal o Municipal, siempre con el fin de prevenir los abusos de poder, negligencia o simple desconocimiento de la función.
  • Crear canales y mecanismos de participación que faciliten a todas las personas tomar parte activa en el manejo de los asuntos públicos y en la adopción de las decisiones comunitarias.

A continuación de presento los 30 artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos:

La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.






Fuente:

Criminología Clínica

La criminología clínica tiene por objeto de estudio el formular una opinión sobre algún individuo, obtenido por un diagnostico, un pronostico y eventualmente un tratamiento. 
Para Benign Di Tulio la criminologia clínica debe entenderse como:
la ciencia de las conductas antisociales y criminales, basada en la observación y el análisis profundo de caos individuales, sean estos normales, anormales o patológicos.
Lo que pretende la criminología clínica es aplicar los conocimientos teóricos adquiridos en la criminologia general, a un caso concreto y aplicar todos estos a un individuo en particular.
Entonces podríamos definir a la criminologia clínica como:
Parte de la criminología que estudia al individuo en concreto con un enfoque biopsicosocial, mediante una evaluación clínica criminológica; teniendo la finalidad de generar un diagnostico de su conducta, un pronostico y un posible tratamiento; basados en la observación y el análisis de los resultados obtenidos.  

Es por esto que el criminólogo debe formar parte del consejo técnico encargado de la reinserción de los internos en centro penitenciario, el criminólogo debe de conocer a fondo al interno e interactuar con él, realizar un diagnóstico detallado sobre todo lo relevante, y así poder aportarle al Juez un dictamen sobre la conducta del individuo, su personalidad y la peligrosidad que el interno presenta al momento de generar una sentencia, también si la persona está teniendo algún avance en su tratamiento y si el interno puede llegar a obtener con algún beneficio cuando ya cumple con una sanción.
La criminología clínica entonces tiene como principal objeto el buscar la descripción, clasificación, explicación y reducción de las conductas antisociales por lo cual es causal explicativa, pero también la podemos entender como una disciplina preventiva, aplicativa, critica y propositiva. 
Es decir, en el área de Prevención del Delito, la podemos aplicar en el área de Educación, ya que aquí se pueden identificar factores de riesgo para originar futuros primo delincuentes,  no es de sorprender que en las noticias gran cantidad de delitos que se informan son cometidos por menores de edad que en lugar de estar centrados en su superación académica se encuentran en las calles cometiendo delitos en la mayoría de los casos, es así como el trabajo de un criminólogo puede influir lograr de manera directa, ya que es capaz de diagnosticar y dictaminar las conductas nocivas que se van generando y de esta manera lograr su disminución mediante una canalización temprana de estos individuos. 
Por desgracia en nuestro país (México) no se aplica de forma preventiva, ya que no se cuentan con criminologos en las instituciones y mucho menos se detectan los factores de riesgo, teniendo como consecuencia un incremento en la criminalidad, pero sobre todo un aumento en el numero de adolescentes infractores que son internados en Centros Especializados. La criminología clínica solo la encontramos en Centros de Reinserción Social y muy pocas veces en Centros Especializados en Reinserción Social para Adolescentes Infractores. 

“Todo es un acertijo; y la clave de un acertijo es otro acertijo.” Emerson